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Con las nuevas normas complementarias para importar menajes de casa, expedidas a fines de enero, el ingreso de autos, ropa y equipos de trabajo está condicionado a especificaciones que debe cumplir el migrante.
La administración aduanera establece que solo las personas cuyo menaje de casa sea calificado con exención de tributos podrá incorporar un vehículo en su carga.
Para estar dentro de ese parámetro, el migrante deberá haber estado mínimo tres años en el exterior; cumplir un rango de permanencia de días en Ecuador, que estará en función de los años que estuvo fuera; y haber importado su carga en un máximo de seis meses después de haber llegado al país.
De esta manera, por ejemplo, si alguien llegó en enero al país y su menaje arriba después del segundo semestre, ya no podrá traer un carro como parte de la carga porque no calificará a la exoneración de tributos. El resto de los enseres, si el migrante cumple los requisitos de tiempo, podrá entrar pagando impuestos, aunque no deberá hacer los trámites de una importación ordinaria.
Además, funcionarios de la aduana explicaron que el automotor a importar no podrá tener más de cuatro años de diferencia al año de la importación. Es decir, si alguien arriba este año deberá importar un carro máximo del 2010.
Al ingresar un vehículo de mayor antigüedad este bien será reembarcado debido a que no se pueden nacionalizar por la vía ordinaria carros usados.
En cuanto a las prendas de vestir, calzado y accesorios, la Aduana ratifica el cupo de hasta 200 kg exonerados de impuestos por cada miembro de la familia, pero introduce un límite para el excedente que puede entrar pagando impuesto.
La norma anterior explicaba que si se encontraba una cantidad superior a los 200 kg se liquidaba el excedente como menaje no exento de tributos, pero no se estipulaba una cantidad limitante, refirió Fernanda Cisneros, de la compañía Aduana Precua.
Ahora, cada integrante del núcleo familiar podrá traer máximo hasta 200 kg de ropa que podría pagar impuesto. Es decir, cada miembro de la familia puede importar hasta 400 kg: 200 kg exonerados de impuestos y 200 kg pagando tributos.
Cuando la administración aduanera encuentre excesos a lo permitido, las prendas usadas serán entregadas al Ministerio de Integración Económica y Social (MIES) al no poderse nacionalizar, pues está prohibida la importación de ropa usada.
Para la importación de equipos de trabajo que exceda $ 30 mil deberá presentar un proyecto de inversión del negocio por instalar en Ecuador.
En la nueva norma se estipula que el plan debe tener al menos la descripción detallada de la actividad productiva y de los bienes de capital que requerirá, la indicación detallada del número de trabajadores que necesitará y de su perfil profesional. Además, debe incluir el monto aproximado de la inversión.
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